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La ANSES abona un subsidio para gastos de sepelio

El organismo lo abona a las personas que hayan sufragado los gastos de sepelio de un jubilado o pensionado del SIPA.

Ante el fallecimiento de un jubilado o pensionado del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), residente en el país o en el exterior, la ANSES abona el Subsidio de Contención Familiar. Este consta de una suma fija de $6000 a los herederos del causante o a cualquier persona física que denuncie el fallecimiento del titular y que acredite haber abonado los gastos del sepelio mediante la presentación de la factura extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio.

Se considera titular de una prestación a toda persona que al momento de su fallecimiento se encuentre percibiendo o hubiese solicitado una jubilación o pensión, dentro de los siguientes regímenes previsionales:

  • Sistema Integrado Previsional Argentino.
  • Cajas provinciales de previsión transferidas al ámbito nacional (excepto del Régimen de Policía y Penitenciaría).
  • Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.

El subsidio deberá ser solicitado dentro del plazo de un año, contado a partir de la fecha de fallecimiento.

Cabe recordar que, de existir familiares con derecho a pensión, el subsidio será liquidado sin tramitación adicional junto a ella. En caso de coparticipación (más de una persona con derecho al cobro de la pensión) se liquidará en forma proporcional, de conformidad con el porcentaje del beneficio que le corresponda a cada uno. Si no la hay, podrán percibir este subsidio los herederos del titular.

Formas de tramitación

  1. A través de la web 
  • El trámite se inicia con la Clave de Seguridad Social en anses.gob.ar, sección Mi ANSES Trámites.
  • El fallecimiento del causante debe estar acreditado en la base de datos de la ANSES con la presentación de la partida de defunción del causante.
  • La solicitud de subsidio siempre debe acompañarse con la correspondiente “constancia de turno”.
  • Con la solicitud y el turno, deberá concurrir a la delegación asignada para la aprobación del derecho y puesta al pago del subsidio.
  • No está contemplada la “sesión de derecho”.
  • Solo se tramitarán hasta un máximo de tres subsidios por solicitante.
  1. Con turno previo en delegaciones

Esta modalidad permite que la persona que haya abonado los gastos de sepelio pueda acceder al trámite del subsidio, sin necesidad de tramitar la Clave de la Seguridad Social previamente. Solo debe solicitar un turno en la página web de la ANSES, www.anses.gob.ar, sección Jubilados y Pensionados, Subsidio de Contención Familiar, Solicitar Turno.

Documentación que deberá presentar ante la ANSES

  • Del titular fallecido: original y fotocopia de la partida de defunción.
  • Del solicitante: DNI (original y fotocopia), factura extendida por la empresa de servicios fúnebres a nombre del solicitante (original y fotocopia) y solicitud de turno por web.

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