- A partir de agosto solo pagaran el impuesto a las ganancias las remuneraciones superiores a $700.875.
- Además, se incrementan las escalas en un 35%, retroactivo a enero de este año.

- Situación actual (desde MAYO de 2023)
Actualmente no pagan el impuesto a las ganancias las remuneraciones brutas mensuales que no superen los $506.230, inclusive.
En la actualidad, los trabajadores que pagan el impuesto, por superar dicho piso, son 1.015.000.
- Nuevo piso del impuesto a las ganancias a partir de agosto 2023.
La variación del RIPTE entre el mes de octubre de 2022 y el mes de febrero de 2023 fue de 25,29%. En marzo, abril, mayo y junio, el RIPTE aumentó el 38,45%.
Se propone adicionar al “piso” exento del impuesto el 38,45% de incremento de RIPTE. De esta manera para los sueldos brutos devengados a partir del 1º de agosto de 2023:
a – Nuevo “piso” del impuesto a las ganancias: no corresponderá retención alguna del impuesto a las ganancias cuando la remuneración bruta no supere los $ 700.875, inclusive.
b – En aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $ 700.875 y resulte inferior o igual a $ 808.101, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.
Esta suba del “piso” exento permitirá que 300.000 mil trabajadores en relación de dependencia dejen de pagar el impuesto a las ganancias a partir de agosto.
- Aumento de las escalas que se utilizan para el cálculo del impuesto a las ganancias en un 35%.
Con esta medida la totalidad de los trabajadores en relación de dependencia que tributan el impuesto a las ganancias se verán beneficiados.
El incremento de las escalas es retroactivo a enero de 2023. Lo retenido de más de enero a julio se devuelve al empleado en dos cuotas mensuales, con los salarios de agosto y septiembre de 2023.
Ambas medidas se implementan a través de un Decreto que establecerá (i) subir el piso del impuesto a las ganancias, y; (ii) encomendará a la AFIP a reducir la base para el cálculo de las retenciones del impuesto.








