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Inspectores de Salud verifican que se cumpla la ley antitabaco en bares y restaurantes

Inspectores del Ministerio de Salud realizaron un operativo nocturno en bares y restaurantes de la Provincia, a fin de intensificar los controles para que se cumpla la ley antitabaco 14.381, que prohíbe fumar en lugares cerrados de acceso público.En sólo una noche, infraccionaron 6 de 12 locales platenses visitados.Inspectores de Salud verifican que se cumpla la ley antitabaco en bares y restaurantes

La ley 14.381 prohíbe, desde su sanción en agosto de 2012, el consumo de tabaco en todos los espacios de acceso público, con solo tres excepciones: los clubes de fumadores, los centros de salud mental con internación y las cárceles.

Con motivo de dar cumplimiento a la prohibición vigente, sumado a las denuncias efectuadas en http://sistemas.ms.gba.gov.ar/saludsinhumo/denuncias.php, o a través de la web del ministerio de Salud de la Provincia www.ms.gba.gov.ar  link “Salud sin humo”, los inspectores de la subsecretaría de Control Sanitario decidieron ampliar los controles y realizarlos también desde ahora, durante la noche y entrada la madrugada.

Por eso el personal del departamento Contralor de Tabaco y Establecimientos Comerciales de la dirección de Fiscalización Sanitaria intimó a 6 comercios de La Plata que estaban en falta, para que se ajusten a la norma, según lo dispone el artículo 24 de Ley Antitabaco de la Provincia de Buenos Aires.

En esta primera instancia, se labra un acta de apercibimiento que da inicio a un expediente y, en caso de que persista la infracción, en una segunda visita al lugar se aplican multas que van desde el valor de los 250 a los 1.000 paquetes de 20 cigarrillos, los más caros, comercializados en el mercado. Frente a una tercera multa consecutiva labrada en el término de un año, la sanción prevista es la clausura, que va de 5 a 30 días.

Cabe aclarar que las sanciones no son para las personas que fuman sino para los propietarios, titulares o representantes legales de los establecimientos inspeccionados.

Del total de bares y restaurantes platenses que estaban fuera de regla, cuatro infringieron el artículo 2 de la ley 14.381, que dispone que la prohibición del consumo de tabaco, entre otros lugares, en aquellos espacios cerrados de acceso público del ámbito privado, para el total resguardo de la salud del tercero no fumador.

En tanto que los bares restantes, ubicados en 11 esquina 50 y en 4 esquina 51, por vender cigarrillos transgredieron también el artículo 17 que prohíbe la comercialización, promoción, exhibición, distribución y entrega a título gratuito de productos elaborados con tabaco en ámbitos como museos o clubes, salas de espectáculos públicos como cines, teatros, estadios, así como cualquier otro lugar público, además de otros establecimientos.

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