Proponen reordenar la cantidad de legisladores por sección electoral como lo establece la Constitución

La Carta Magna señala que los representantes legislativos por sección electoral se deben calcular de acuerdo a los datos demográficos del Censo, pero no han sido actualizados en décadas. También se plantea modificar la composición de la Sección Capital y que los candidatos legislativos tengan domicilio en la sección que representan.

El bloque de diputados de Espacio Abierto Juntos presentó un proyecto para modificar la Ley 5109 que establece la representatividad legislativa de las regiones electorales. “La falta de actualización de los datos demográficos arrojados por los Censos ha dejado al descubierto una injusta y desbalanceada representatividad que debe ordenarse y modificarse cuanto antes”, explicó el presidente del bloque, Walter Carusso.

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“Lo que planteamos es cumplir con lo que dice la Constitución provincial que establece que la representación política debe estar ejercida a partir de la cantidad de población y actualizada de acuerdo a los movimientos demográficos que muestren los Censos. Por supuesto que lo que se establece en este proyecto queda sometido a las modificaciones que surjan de los datos del último Censo”, indicó Carusso.

En ese sentido, la Primera Sección Electoral pasaría de tener 8 senadores y 15 diputados a 11 senadores y 20 diputados. En tanto, para la Tercera Sección también representaría un aumento considerable ya que pasaría de 9 senadores y 18 diputados a 12 y 21 respectivamente. Vale aclarar que la cantidad de legisladores se obtiene con el mismo sistema con el que se calculan los porcentajes para determinar la cantidad de representantes que ingresan en los procesos electorales.

Si bien la cantidad de legisladores sigue siendo la misma (92 diputados y 46 senadores), el proyecto busca reordenar la distribución de acuerdo a lo establecido por la Constitución que señala que la representatividad debe ser proporcional a la cantidad de población “Si nos guiamos por la Constitución, como debe ser, la actual composición ha quedado obsoleta porque la representación de los habitantes no es equitativa a la cantidad de vecinos que tiene cada sección electoral”, afirmó Carusso.

Por otra parte, el proyecto también prevé modificar la composición de la Octava Sección Electoral en donde a la capital provincial (La Plata) se sumarán Ensenada, Berisso, Punta Indio, Magdalena y Coronel Brandsen: “Los distritos que se incorporan a la Sección Capital integran una verdadera región con un denominador común en el desarrollo económico, social, político y de homogeneidad cultural”.

Para finalizar, otra de las modificaciones que se plantean es que quienes pretendan ser legisladores o legisladoras provinciales tengan domicilio en la sección a la que pretenden representan: “Creemos que, si a los ciudadanos se les exige votar en el lugar en el que tienen fijado su domicilio, sería juto que los candidatos también cumplan con el mismo requisito”.

Composición actual (composición a partir de la modificación)

Primera Sección Electoral: 8 senadores y 15 diputados (11 senadores y 20 diputados)

Segunda Sección Electoral: 5 senadores y 11 diputados (3 senadores y 8 diputados)

Tercera Sección Electoral: 9 senadores y 8 diputados (12 senadores y 21 diputados)

Cuarta Sección Electoral: 7 senadores y 14 diputados (3 senadores y 8 diputados)

Quinta Sección Electoral: 5 senadores y 11 diputados (5 senadores y 11 diputados)

Sexta Sección Electoral: 6 senadores y 11 diputados (4 senadores y 8 diputados)

Séptima Sección Electoral: 3 senadores y 6 diputados (3 senadores y 7 diputados)

Octava Sección Electoral: 3 senadores y 6 diputados (5 senadores y 9 diputados)

 

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