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La Corte Suprema declaró constitucional el impuesto a los Créditos y Débitos

El máximo tribunal declaró la constitucionalidad del impuesto, conocido como “impuesto al cheque”, al fallar en una causa contra una empresa.

La Corte Suprema de Justicia declaró la constitucionalidad del impuesto a los Créditos y Débitos en cuentas bancarias, informó hoy el Centro de Información Judicial (CIJ).

En la causa CAF 4455/2014/CA1-CS1 “Piantoni Hnos”, la Corte resolvió, por mayoría, que las disposiciones de la ley 25.413, el decreto 380/01 y la resolución general (AFIP) 1135/2001, relacionadas con el impuesto a los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operaciones, resultan constitucionalmente válidas.

Piantoni, distribuidora mayorista de cigarrillos y productos de tabaco, cuestionó la constitucionalidad de esas normas para su caso porque depositaba, en forma regular, dinero en efectivo en la cuenta bancaria de su proveedora.

La Corte confirmó la sentencia dictada por la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que había dispuesto mantener la resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por medio de la cual se determinó de oficio la obligación tributaria de Piantoni Hermanos en relación con el mencionado impuesto.

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