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Prohíben al Gobierno inaugurar obras previo a elecciones

Lo dispuso la Corte Suprema al ratificar la validez de un artículo del código electoral que abarca los 15 días previos a las PASO y a los comicios generales.

La Corte Suprema de Justicia ratificó la validez de un artículo del Código Electoral que impone la prohibición al Gobierno Nacional de inaugurar obras en los 15 días previos a las elecciones generales y de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias.

Lo resolvieron los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda al confirmar la vigencia del artículo 64 Quater del Código Electoral.

“Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales”, prevé dicho artículo.

La resolución de la Corte es a raíz de un planteo hecho por la Asociación por los Derechos Civiles, una ONG vinculada con la Justicia, y que pidió la aplicación de dicho artículo de cara a las elecciones nacionales de este año.

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