Autorizan a una jubilada italiana a cobrar su pensión en euros

Además, la beneficiaria evitará las restricciones cambiarias, gracias al fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. 

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó un fallo que habilita a una jubilada italiana a percibir su pensión en euros evitando las restricciones vigentes para el mercado de cambios de moneda extranjera.

Lo decidió la Sala III al ratificar un fallo de primera instancia a favor de Maddalena Fonzo, una jubilada italiana, quien podrá adquirir “en moneda extranjera del importe de la pensión que recibe del Estado italiano”.

El fallo fue firmado por los jueces Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández, y tuvieron en cuenta para resolver a favor de la mujer “la naturaleza alimentaria de la prestación social que percibe la actora y la gravedad del perjuicio que podría irrogarle su eventual pérdida durante la sustanciación del proceso”.

Según la normativa vigente, el dinero en moneda extranjera proveniente del exterior debe ser liquidado en el mercado oficial de cambios.

“Acceder al mercado libre de cambios a los fines de tenencia o atesoramiento se encuentra supeditado a la autorización prevista por la Resolución General 3356/12 AFIP, circunstancia que en el caso importaría una limitación al derecho que asiste a la actora, derivado del principio de pago en especio o integralidad”, dijeron los jueces.

Buenos Aires, NA.

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