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Avanza la modificación de licencias para trabajadores y trabajadoras de la Provincia

El proyecto presentado por Viviana Nocito modifica los artículos 43, 44 y 45 de la Ley 10.430 que rige a las y los trabajadores de la provincia de Buenos Aires. A partir de los nuevos modelos de familia, la iniciativa amplía a 135 días la licencia por maternidad e incluye el concepto de parentalidad para el cuidado de los hijos pequeños. 

Luego de obtener la media sanción en la sesión realizada hoy jueves en Diputados de la Provincia, la autora de la iniciativa dijo que “dentro de las posibles parentalidades no estaba contemplado en la ley 10430 del Estatuto y escalafón para el personal de la Administración Pública provincial, que haya dos madres o dos padres, así como tampoco se contemplaban plazos de licencias por adopción equitativos, cuando hay embarazos múltiples o de riesgo, o cuando el niño/a nace con problemas de salud o sin vida”.

Asimismo, Nocito sostuvo que “este proyecto fue elaborado para ampliar el acceso a derechos, porque por ejemplo, los padres comparten el cuidado de sus hijos, o son los únicos cuidadores en las parejas homoparentales masculinas. Por lo tanto, las políticas públicas que tratan de proteger los vínculos parentales y la igualdad entre sus integrantes deben adoptar medidas que corrijan inequidades y utilicen además un lenguaje acorde a la realidad social imperante”.

Los puntos sobresalientes 

-Principal objetivo: adopción de políticas públicas centradas en garantizar y promover derechos de niñas y niños, y en extender el pleno goce de esos derechos humanos a todos los sujetos, más allá de la condición de género, sexo, relación laboral, forma de concepción, o estilo de constitución familiar.

– Se legisla sobre el concepto de parentalidad y no sobre maternidad: las trabajadoras y los trabajadores de la administración pública provincial deben contar con iguales oportunidades para mantener el contacto afectivo en las primeras etapas del desarrollo de sus hijos e hijas.

– Se incrementaron a 135 días los plazos de licencia para la mujer embarazada. En tanto su pareja- sea ésta mujer o varón- contará con 20 días corridos (actualmente es de tres días).

– Se han asignado plazos de licencia especiales en los nacimientos prematuros de niños/as con bajo peso al nacer (se extiende a 180 días) y también a las condiciones de muerte fetal, que hasta ahora no tenía consideración alguna, dejando a la mujer en una condición de alta vulnerabilidad emocional y obligada a retornar a sus tareas laborales como si nada le hubiera ocurrido

– Se ampliaron los períodos de cuidados parentales en las situaciones de enfermedad de los niños y niñas, haciéndolos indistintos para ambos integrantes de la pareja hasta los 3 años de vida.

-Estas disposiciones alcanzan a todas y todos las/los trabajadores, más allá de la condición laboral con la Provincia -que se hayan desempeñado en sus funciones por al menos un año-. Esto representa alrededor del setenta por ciento de las y los agentes que desempeñan sus funciones en el Estado provincial.

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